Por Rigoberto Pitti B. (Publicado en www.panoramacatolico.com, el 24 de mayo de 2015).
La Comisión de Nacional de
Justicia y Paz apoya los esfuerzos que están realizando diversas organizaciones
de la sociedad civil para el establecimiento de una nueva administración de
justicia comunitaria que reemplace las actuales corregidurías. Con ese fin
explicamos a continuación los principios básicos en los que se sustenta la
propuesta de ley, que esperamos sea aprobada en este período de gobierno:
Diversidad Cultural: Se entiende como la aplicación de la ley
respetando las condiciones étnicas y culturales de los involucrados.
Eficacia y celeridad
procesal: se refiere a la atención y abordaje de conflictos de manera
rápida.
Informalidad: se
buscará que los trámites y procedimientos sean sencillos, accesibles y de fácil
comprensión por parte de los usuarios del nuevo sistema. La representación
legal de un abogado no será necesaria.
Equidad: se
partirá del derecho humano que asiste a cada una de las partes, garantizando
que haya equilibrio durante las controversias.
Gratuidad: toda
persona que requiera este tipo de asistencia de la justicia comunitaria tendrá
acceso sin costo alguno.
Independencia: Los
acuerdos internacionales, la Constitución y las leyes nacionales serán los
garantes del ejercicio de la justicia de paz.
Imparcialidad: los
encargados de impartir justicia le otorgarán igual trato procesal a las partes
en conflicto, siempre sujetos a las leyes.
Oralidad: los
procesos serán realizados de manera oral, a cargo de quien resuelva la
controversia.
Rendición de Cuentas: los responsables deben dar informes
periódicos, tanto a las autoridades como a la comunidad, sobre la gestión, manejo
y procesos realizados.
Transparencia: toda información relacionada con este sistema debe
estar accesible y a los ciudadanos.
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